Por el antiguo Tratado de 1851
la frontera de Brasil con Uruguay seguía
por la margen occidental de la laguna, quedando todas sus aguas para el dominio de
Brasil.
En la primera década del siglo XX, por iniciativa del Barón de Río
Branco, fue acordado un nuevo Tratado - de 1909,
que iba dividir esta
parte de la laguna en partes aproximadamente iguales entre los dos países.
En seguida fue designada una Comisión Mixta para demarcar en el terreno
lo que fuera establecido en el tratado. Por parte de Brasil fue designado el
General Botafogo y por parte de Uruguay el Teniente Coronel Silvestre Mato.
Despues de un trabajo minucioso de levantamiento geográfico de la Laguna Merín
los demarcadores terminaron los trabajos y consignaron en un
Acta todo lo que se estableció.
Esta Tercer Acta de 1916 describe la línea de
límites en la Laguna Merín - de sur hasta el norte, por diversas
líneas, donde son definidos los puntos de partida, los azimutes, las distancias
y diversas latitudes de los puntos subsecuentes
Esa descripción, como vemos, ofrece más informaciones de las necesarias
para reproducir las posiciones de los 15 puntos que definen el límite.
2) NUEVAS DETERMINACIONES EN LA REGIÓN
Para la mejor localización de los puntos de inflexión en la laguna, fueron hechas
determinaciones geodésicas con GPS en diversos puntos en la región y concertadas,
dentro de la Comisión Mixta, algunas medidas necesarias para una correcta definición
de los puntos de inflexión de la línea límite.
Así pues fueron hechas determinaciones GPS en los puntos:
-Marco 4-P (BR)en la desembocadura del arroyo San Miguel - para definir el punto 1.
-Isla Confraternidad (UR)en el alineamiento del punto 11.
-Marco 5-P/A (BR)en la desembocadura del Rio Yaguarón - para definir el punto 15.
-Marco 5-P/A (UR)en la desembocadura del Rio Yaguarón - para definir el punto 15.
Tambien fueron medidas y concertadas las siguientes distancias:
-Punto 1 - medio del arroyo S.Miguel a 20,83 metros del marco 4-P.
-Punto 11 - media distancia entre las Islas Confraternidad y Taquarí a 1.950 metros del marco de la Isla Confraternidad (UR).
Nota.- No fue encontrado el marco de la Isla Zanjón (UR).
3) VALORES ENCONTRADOS Y CALCULADOS
Considerando en el Datum SAD-69, fueron encontrados los siguientes valores:
-Punto 15 -33º 39' 16.526" / -53º 10' 48.332"
(Considerando media distancia entre 5-P/A (BR) y (UR))
4) SOLUCIONES POSIBLES
Para el cálculo de los puntos de inflexión de la línea límite en el curso de la
laguna Merín, considerando el pasaje obligatorio por los puntos
1, 11 y 15, establecidos y definidos en el terreno (vinculados a los marcos
de frontera), diversas soluciones pueden ser consideradas:
-1º Solución: Podemos definir parámetros de transformación
de Datum, entre las coordenadas de la época (1916 - posiblemente calculado
en el elipsoide Clark 1880) y aplicar los nuevos valores para las latitudes
de los puntos de inflexión. Los inconvenientes de esta solución son que los
lados de la poligonal determinada tendrían valores quebrados en sus
desarrollos y azimutes; además de estar sujetos a cambios de
valores siempre que sean determinadas nuevas coordenadas para los 3 puntos
establecidos - o se cambie el Datum.
-2º Solución: Podemos considerar los lados de la poligonal, con las
distancias y las deflexiones (cambios de azimut) dados en la Acta de 1916,
despreciando las latitudes (o cambios de latitudes) allí consignados; despues
hacemos un ajuste de la poligonal, considerando fijos
sus extremos. Los inconvenientes de esta solución son los mismos de la solución
anterior, con valores quebrados y sujetos a cambios de sus valores en
todos los lados, todas las veces
que consideramos nuevos valores para los 3 puntos.
-3º Solución: Finalmente apuntamos una solución que sufriría las
mínimas alteraciones con el cambio de las coordenadas de los 3 puntos. Podemos
re-describir la línea límite, seguiendo prácticamente todos los términos
y valores descriptos en la Acta de 1916 - ignorando las latitudes consignadas.
De esta manera tendríamos los lados y azimutes de partida, con valores enteros,
tomándose solamente para el lado del punto 10 para el punto 11,
nuevos valores de distancia y azimut - el resultante de los valores
encontrados para este
lado (estos serían los únicos valores que cambiarían cuando se determinasen
nuevas coordenadas para los 3 puntos).
Asi tendremos una nueva
"Descripción de la Línea de Límites
en la Laguna Merín",
conforme a lo previsto en esta 3º Solución y seguiendo dentro de lo posible lo que fue
consignado en la "Tercera Acta de 1916".